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Ley de Amnistía (Ley N°. 32419): El Perú ante el debate entre justicia y reparación

El proyecto original se presentó como Proyecto de Ley N.º 7549/2023-CR y fue promovido en el Congreso por el congresista Jorge Carlos Montoya Manrique
Ley de Amnistía

El proyecto original se presentó como Proyecto de Ley N.º 7549/2023-CR y fue promovido en el Congreso por el congresista Jorge Carlos Montoya Manrique, miembro del Grupo Parlamentario Renovación Popular. Su dictamen fue aprobado por la Comisión Permanente en segunda votación y posteriormente recibió el respaldo del Pleno en julio de 2025.

En ese sentido, la presidenta Dina Boluarte promulgó el 13 de agosto de 2025 la Ley N.° 32419, conocida como “Ley de Amnistía”, que otorga exenciones penales y beneficios humanitarios a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y comités de autodefensa por hechos vinculados al conflicto armado interno (1980–2000).

La ley indica que se concede amnistía a militares, policías y exintegrantes de comités de autodefensa que se encuentren denunciados, investigados o procesados por hechos vinculados al conflicto armado interno entre los años de 1980–2000, pero expresamente se excluyen los acusados de terrorismo y de corrupción de funcionarios.

Por otro lado, se establece una amnistía de carácter humanitario para los anteriormente mencionados siempre que tengan setenta años o más, y que, cuenten con sentencia firme o estén en la etapa de ejecución de sentencia —con pena privativa de libertad efectiva o en suspensión— por delitos relacionados con su participación en la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000. Esta medida no será aplicable si la persona fue condenada por delitos de terrorismo o por corrupción de funcionarios.

La respuesta de la sociedad civil y del sistema interamericano fue tajante. Organizaciones como “Human Rights Watch” y “Amnistía Internacional” sostienen que la norma equivale a un mecanismo de impunidad que puede frenar investigaciones y anular sentencias por violaciones graves de derechos humanos; por su parte, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas advirtió que la amnistía vulnera obligaciones internacionales sobre la imprescriptibilidad y la no amnistía para crímenes de lesa humanidad. El CEJIL informó además que la Corte Interamericana adoptó medidas tendientes a frenar el avance de la ley ante el riesgo de impunidad.

La promulgación de la Ley N.° 32419 no solo reaviva viejas heridas: plantea un debate sobre la memoria, la justicia y los límites del perdón legislativo en sociedades que intentan cerrar capítulos traumáticos en el contexto del “conflicto armado”. En las próximas semanas y meses se encarnarán debates políticos y judiciales; en el centro del conflicto está la demanda de las víctimas por verdad, reparación y no repetición frente a la presión por cerrar un pasado marcado por décadas de violencia.

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