Alerta Noticias Perú

Presidenta del TC afirma que Ley sobre prescripción de delitos de Lesa Humanidad es constitucional

Luz Pacheco defiende fallo del TC y afirma que la Ley 32107 es constitucional, niega impunidad y pide a jueces aplicar el marco legal vigente desde 2002.
Luz Pacheco

La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco Zerga, se pronunció respecto al fallo que declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público contra la Ley 32107. Esta norma, impulsada por el Congreso de la República, establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo se aplican a hechos ocurridos después de la vigencia del Estatuto de Roma, es decir, desde julio de 2002, cuando el Perú asumió dicho compromiso internacional.

El pronunciamiento se dio luego de que el pasado 5 de diciembre, el TC señalara que la decisión final no alcanzó los cinco votos necesarios para declarar la inconstitucionalidad de la ley. Según explicó Pacheco en una entrevista al diario Correo, ello implica que la norma queda ratificada como constitucional.

“La ley es válida tal como fue redactada”

La magistrada detalló que, conforme al Código Procesal Constitucional (CPC), una sentencia que declara infundada una demanda contra una ley significa que la norma se mantiene vigente y válida en los mismos términos en que fue promulgada. Recordó además que existió una ponencia que recibió cuatro votos y proponía interpretar temporalmente la suspensión de prescripción, pero al no obtener cinco votos, “no se validó”.

De esta manera, Luz Pacheco enfatizó que es “falsa” la afirmación de que el TC estaría proponiendo “impunidad” o el fin de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad:

“La Ley dice que son imprescriptibles pero desde que el Estado peruano asumió el compromiso internacional, que fue en 2002-2003”, indicó en entrevista con Correo.

Añadió que los hechos ocurridos antes de esa fecha se rigen por el CPC, el cual contempla plazos de prescripción de entre 20 y 45 años, dependiendo de su gravedad.

No pueden dejar de aplicar una ley declarada constitucional, asegura titular del TC

Otro punto clave del pronunciamiento es la respuesta frente a jueces que evalúan aplicar control difuso para dejar sin efecto la Ley 32107. Pacheco recordó que existe un artículo expreso en el CPC que impide a los magistrados no aplicar una ley cuya constitucionalidad haya sido confirmada por el TC.

La presidenta del Tribunal Constitucional advirtió que esta conducta amenaza la seguridad jurídica y el propio Estado de derecho:

“Estamos quebrando el Estado de derecho. Para que haya seguridad jurídica todos tenemos que obedecer las leyes: sino cada quien va a interpretar a su manera”, sostuvo.

En ese sentido, invocó a los jueces a rectificarse y ceñirse al marco jurídico vigente, señalando que si existe desacuerdo con la ley, deben usarse los mecanismos constitucionales para cuestionarla, más no ignorar un fallo del máximo intérprete de la Constitución.

¿Qué es delito de lesa humanidad en Perú?

Finalmente, Luz Pacheco planteó una discusión más amplia: sostuvo que el delito de lesa humanidad aún no está plenamente tipificado en el ordenamiento penal peruano, pues “faltan elementos de contexto para identificarlo”.

Explicó que este tipo de crímenes, a nivel internacional, suelen involucrar una acción sistemática del Estado orientada al exterminio o ataque contra una población específica —como ocurrió con el régimen nazi—, lo cual, según señaló, no se produjo en el Perú.

Para Pacheco, durante los años de violencia interna, lo que ocurrió en el país fue que grupos terroristas atacaban a civiles y el Estado actuó en defensa de la ciudadanía, por lo que el debate jurídico debe considerar contexto, tipificación normativa y respeto a los pactos asumidos por el Perú a nivel internacional.




Facebook
Twitter
Email
WhatsApp

Noticias Relacionadas

Regístrate para recibir las últimas noticias y novedades

Update cookies preferences