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Suspenden por 10 meses al fiscal José Domingo Pérez por entrevistas sin autorización y adelanto de opinión en caso Toledo

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público sancionó con 10 meses de suspensión al fiscal José Domingo Pérez por presuntas faltas muy graves vinculadas a declaraciones públicas sobre el caso Alejandro Toledo.
José Domingo Pérez

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico (ANC) impuso 10 meses de suspensión al fiscal provincial Jose Domingo Perez por la presunta comisión de faltas consideradas muy graves dentro del ejercicio de sus funciones.

La sanción administrativa está vinculada a declaraciones públicas brindadas por el fiscal sobre el caso del expresidente Alejandro Toledo, así como a entrevistas que habría ofrecido sin seguir el procedimiento establecido por el Ministerio Público.

Diferencia entre suspensión y apartamiento preventivo

La decisión adoptada por la ANC debe diferenciarse del apartamiento preventivo del cargo que el fiscal viene cumpliendo desde enero de este año.

Mientras que el apartamiento preventivo es una medida cautelar aplicada durante el desarrollo de un proceso disciplinario, la suspensión constituye la decisión final dentro de dicho procedimiento.

Sin embargo, la sanción no se ejecutará de inmediato, ya que deberá ser confirmada previamente por la instancia superior correspondiente dentro del Ministerio Público.

Dos cargos sustentan la sanción disciplinaria

La resolución emitida por la Autoridad Nacional de Control establece que la suspensión de 10 meses responde a dos conductas que habrían vulnerado normas internas del Ministerio Público.

El primer cargo se refiere a que José Domingo Pérez habría concedido entrevistas a medios de comunicación sin contar con la autorización de la oficina de prensa institucional.

De acuerdo con el órgano disciplinario, esta conducta no puede considerarse una infracción meramente formal, ya que —según el análisis realizado— podría afectar la coherencia del mensaje institucional del Ministerio Público.

La ANC sostiene que realizar declaraciones públicas sin el conducto regular podría personalizar la función fiscal y generar interpretaciones que comprometan la imagen de la institución.

Por este primer cargo, la Dirección de Sanción determinó imponer cuatro meses de suspensión.

Adelanto de opinión sobre arresto domiciliario de Toledo

El segundo cargo que sustenta la sanción está relacionado con declaraciones públicas realizadas por el fiscal respecto a la posibilidad de que el expresidente Alejandro Toledo solicite arresto domiciliario en lugar de prisión preventiva.

Según la resolución disciplinaria, Pérez manifestó públicamente que la Fiscalía se opondría a un eventual pedido de esa naturaleza.

“Pero nosotros nos vamos a oponer porque consideramos que formalmente, en este momento, lo que se tiene que cumplir es el mandato judicial de internamiento en un establecimiento penitenciario”, señaló el fiscal en declaraciones difundidas en 2023.

Para la Autoridad Nacional de Control, estas afirmaciones constituyen un adelanto de opinión sobre un tema que podría ser objeto de debate dentro del proceso judicial.

El documento emitido por la ANC señala que al expresar públicamente su posición frente a una posible solicitud de arresto domiciliario, el fiscal habría incurrido en una conducta que compromete la objetividad exigida en el ejercicio de su función.

Según la resolución, el pronunciamiento público del fiscal habría sido “apresurado” y podría generar la percepción de una postura anticipada frente a una solicitud que aún no había sido presentada formalmente.

En ese sentido, la autoridad disciplinaria considera que dicha actuación afecta la imagen institucional del Ministerio Público, al proyectar una posible pérdida de imparcialidad en un caso bajo su competencia.

Por esta segunda infracción, la Dirección de Sanción determinó imponer seis meses adicionales de suspensión.

Decisión aún debe ser confirmada

Pese a la resolución emitida, la sanción contra el fiscal José Domingo Pérez todavía no se ejecutará de forma inmediata.

El procedimiento establece que la medida debe ser revisada y confirmada por la Dirección General de Apelaciones, instancia encargada de evaluar la legalidad y proporcionalidad de la sanción impuesta.




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