El Poder Judicial emitió un fallo que marca un nuevo capítulo en el enfrentamiento público entre el candidato presidencial Ricardo Belmont y el conductor de televisión Phillip Butters. En segunda instancia, la justicia ordenó a Belmont pagar una reparación civil de 50 mil soles por daño moral, pese a que el delito de difamación agravada fue declarado prescrito.
El caso se originó en medio de una disputa entre ambos personajes por la planta transmisora ubicada en el Morro Solar, desde donde opera PBO Radio. En ese contexto, Butters interpuso una querella por difamación agravada contra Belmont, acusándolo de haber emitido declaraciones públicas en las que le atribuía delitos sin sustento y realizaba expresiones consideradas denigrantes sobre su salud mental.
En enero de 2025, una sentencia de primera instancia determinó que Belmont era responsable del delito, imponiéndole un año de prisión suspendida y el pago de 20 mil soles como indemnización. Sin embargo, el caso dio un giro en la segunda instancia.
Según la resolución de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Chorrillos, el delito de difamación agravada prescribió debido a una condición particular del acusado: al momento de los hechos, en 2022, Belmont tenía 77 años. De acuerdo con la legislación peruana, en estos casos los plazos de prescripción se reducen a la mitad.
Así, si bien el delito normalmente prescribe en un periodo de cuatro años y seis meses, en este caso el plazo se redujo a dos años y tres meses. Considerando que el último acto materia de la denuncia ocurrió en enero de 2023, el tribunal concluyó que el proceso penal prescribió en abril de 2025, dejando sin efecto la condena penal.
¿Qué se le atribuye a Ricardo Belmont?
No obstante, la decisión judicial no eximió a Belmont de responsabilidad civil. La Sala de Apelaciones determinó que las expresiones utilizadas contra Butters fueron “altamente ofensivas”, carecían de sustento probatorio y no podían ser justificadas bajo ningún contexto.
En la sentencia se detalla que Belmont atribuyó a Butters conductas ilícitas graves, incluyendo presuntos actos de corrupción, extorsión a familiares, problemas psiquiátricos y comportamientos antiéticos, sin presentar pruebas que respaldaran dichas afirmaciones. Para los magistrados, esta conducta evidencia un accionar doloso que generó un daño moral al querellante.
Phillip Butters había solicitado inicialmente una reparación civil de un millón de soles, argumentando el impacto de las declaraciones en su reputación, amplificado por la difusión masiva de los contenidos en plataformas digitales. Si bien la Sala reconoció que el fallo de primera instancia no valoró adecuadamente el alcance de dichas publicaciones, consideró excesivo el monto solicitado.
En ese sentido, los jueces decidieron revocar la indemnización inicial de 20 mil soles y elevarla a 50 mil soles, estableciendo un punto intermedio que reconoce el daño ocasionado, pero sin llegar a la cifra exigida por el demandante.
El caso aún no está completamente cerrado. Según se conoció, la defensa de Ricardo Belmont ha presentado un recurso de casación ante la Corte Suprema del Perú, con el objetivo de revertir la decisión en el ámbito civil. No obstante, dicho recurso todavía no ha sido evaluado por la Sala Suprema Penal Permanente.
Este fallo pone nuevamente sobre la mesa el debate sobre los límites de la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de figuras públicas y conflictos mediáticos. Asimismo, evidencia que, aun cuando un delito penal prescribe, las consecuencias en el ámbito civil pueden mantenerse vigentes si se demuestra la existencia de un daño.
En un contexto donde la exposición mediática y digital amplifica el impacto de las declaraciones públicas, este caso se convierte en un precedente relevante sobre la responsabilidad en el uso de la palabra y las implicancias legales de difundir acusaciones sin pruebas.



