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Autorización de viaje a Santiváñez pese a impedimento de salida del país, violaría la Ley Orgánica del Poder Judicial

El juez Edhin Campos Barranzuela autorizó al ministro de Justicia, Juan José Santiváñez Antúnez, viajar a Suiza, a pesar de que la Corte Suprema había ordenado un impedimento de salida del país por 18 meses. La decisión ha generado críticas que apuntan a una presunta vulneración del artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Juan José Santiváñez

Como se recuerda el 4 de junio, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, mediante el Auto de Apelación N.º 125-2025, ordenó que Santivañez no pudiera salir del país por 18 meses. Los fundamentos principales fueron: la existencia de peligro procesal, es decir, riesgo de fuga y la necesidad de realizar actos de investigación indispensables, como la pericia fonética y acústica forense.


Apelación 125-2025- Corte Suprema

Sin embargo, el juez supremo provisional Edhin Campos Barranzuela autorizó a Santiváñez a viajar a Suiza entre el 6 y el 11 de septiembre tal como se lee en la resolución N.° 08 del Expediente N.° 00009-2025-2-5001-JS-PE-02. Según el fallo, el permiso se otorgó porque el viaje era “necesario y de conocimiento público”.

A pesar de ello, Santiváñez no acudió a la toma de muestra de voz para la pericia, alegando que el plazo de la investigación había vencido. Sin embargo, el juez Juan Carlos Checkley aclaró que la etapa preliminar recién concluía el 5 de septiembre de 2025.

 ¿Qué dice el artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial?

El debate gira en torno al artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece:

“Toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales (…) en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances. (…) No se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecución (…)”.



Fuente: Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial

La autorización de viaje no solo cuestiona la motivación del juez Campos, sino que abre un debate mayor, ¿se respetó el principio de autoridad de cosa juzgada? o ¿puede un juez provisional suspender los efectos de una resolución de la Corte Suprema?

Reacciones y críticas

La medida generó un amplio rechazo. Según Infobae, el abogado José Mejía, defensor del capitán PNP Junior Izquierdo, calificó la resolución como “nauseabunda” y anunció denuncias contra Campos Barranzuela por prevaricato.

Mejía recordó que la orden de la Corte Suprema tenía carácter firme y no podía ser modificada por un juez de primera instancia, pues ello equivaldría a desconocer un mandato de la máxima autoridad judicial.

Como se recuerda, el impedimento de salida del país contra el entonces exministro del Interior, Juan José Santiváñez, se dio en el marco de las investigaciones que se le sigue por presuntamente haber ejercido influencia ilícita ante el Tribunal Constitucional, el INPE y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en favor del sentenciado Miguel Marcelo Salirrosas, alias ‘Tío Jhony’.

Vale precisar que Salirrosas es un expolicía sentenciado por los delitos de asociación ilícita para delinquir y usurpación, tras ser acusado de ser parte de la presunta organización criminal ‘Los injertos de K y K”.

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