La Comision Interamericana de Derechos Humanos expresó su rechazo a la reciente decisión del Tribunal Constitucional del Peru que anuló la condena contra el exministro Daniel Urresti por el asesinato del periodista Hugo Bustios, ocurrido en 1988 durante el conflicto armado interno.
A través de un pronunciamiento oficial, el organismo internacional advirtió que este fallo no solo impacta el caso en cuestión, sino que podría tener consecuencias más amplias en otros procesos relacionados con graves violaciones de derechos humanos en el Perú.
CIDH advierte riesgo de impunidad
“La Comisión manifiesta su rechazo ante la decisión del Tribunal Constitucional”, señala el comunicado, en el que también se expresa preocupación por el incumplimiento de recomendaciones previas emitidas al Estado peruano.
La CIDH alertó que la resolución podría “profundizar los escenarios de impunidad”, especialmente en investigaciones vinculadas a crímenes cometidos entre 1980 y el 2000, muchos de los cuales aún se encuentran en trámite.
Este periodo corresponde a los años más intensos del conflicto armado interno en el país, donde se registraron múltiples denuncias por ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y otros delitos graves.
El pasado 6 de febrero de 2026, el Tribunal Constitucional resolvió dejar sin efecto la sentencia condenatoria emitida por el Poder Judicial contra Daniel Urresti.
La decisión se basó en que los hechos no podían ser calificados como crímenes de lesa humanidad, ya que ocurrieron antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma en el Perú.
En aplicación de la Ley 32.107, el TC concluyó que la acción penal había prescrito, lo que derivó en la orden de liberación inmediata del exministro.
Obligaciones internacionales del Estado
Frente a esta decisión, la CIDH recordó que el Estado peruano tiene una “obligación inderogable de investigar, juzgar y sancionar” las graves violaciones de derechos humanos.
El organismo enfatizó que estos principios forman parte del derecho internacional consuetudinario y de normas imperativas (ius cogens), por lo que no pueden ser limitados por interpretaciones restrictivas del derecho interno.
En esa línea, insistió en que la imprescriptibilidad de estos delitos debe ser garantizada, independientemente de la fecha en que ocurrieron los hechos.
Cuestionamientos al control de convencionalidad
Otro de los puntos centrales del pronunciamiento de la CIDH es la crítica al Tribunal Constitucional por no haber realizado un adecuado control de convencionalidad.
Según el organismo, esta omisión implica desconocer los estándares del sistema interamericano de derechos humanos, que exige a los Estados alinear sus decisiones judiciales con sus compromisos internacionales.
Además, advirtió que el criterio adoptado por el TC podría limitar la capacidad de jueces y juezas para aplicar el control difuso, herramienta clave para asegurar la compatibilidad entre las normas nacionales y el derecho internacional.
La Comisión Interamericana alertó que el fallo podría sentar un precedente que afecte a numerosos casos aún abiertos, en los que se investigan presuntas violaciones graves de derechos humanos.
En particular, sostuvo que la interpretación adoptada podría ser utilizada para cuestionar la persecución penal en otros procesos similares, lo que incrementaría el riesgo de impunidad.
“La imprescriptibilidad de crímenes internacionales y graves violaciones de derechos humanos no puede verse limitada por interpretaciones restrictivas del derecho interno”, enfatizó la CIDH.
Finalmente, el organismo señaló que esta decisión se produce en un contexto de preocupación por retrocesos en materia de memoria, verdad y justicia en el Perú.
Recordó que en 2024 ya había advertido sobre la posible incompatibilidad de la Ley 32.107 con los estándares internacionales, e incluso instó al Estado peruano a revisar o derogar dicha norma.

