El congresista de la bancada de Alianza para el Progreso, Alejandro Soto, presentó ante mesa de parte del Parlamento Nacional un proyecto de ley el cual propone que se modifique el artículo 91 de la Constitución Política del Perú.
Como se recuerda, dicho artículo tiene una serie de indicaciones, las cuales expone qué autoridades no pueden ser elegidos como congresistas después de haber dejado su cargo durante el periodo de 6 meses. Sin embargo, el cuestionado expresidente del Congreso propone colocar otro ítem para que determinado funcionario no pueda ser elegido por la opinión pública para que ejerza labores como legislador.
«Asimismo, no pueden ser elegidos miembros del Congreso de la República los funcionarios que, por razón de su cargo, tuvieron acceso a información secreta, reservada o confidencial hasta cinco (5) años antes de la elección, por razones de seguridad nacional. Este impedimento no es aplicable a los congresistas que integran comisiones investigadoras o la Comisión de Inteligencia.», se lee parte del documento.

Alejandro Soto asegura que existiría conflicto de interés en caso no se modifique el artículo 91 de la Constitución
Según el congresista de APP, el acceso a la «información secreta o confidencial» podría suponer un conflicto de intereses, por lo que propone «mejorar la regulación del tratamiento de determinada información en el ámbito público».
«Sin embargo, se advierte la necesidad de mejorar la regulación del tratamiento de determinada información en el ámbito público. Por ejemplo, la información que, según la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, modificada por la Ley 27927, tiene naturaleza de secreta, reservada y confidencial, no puede estar expuesta a la posibilidad de ser utilizada por quienes no se encuentren habilitados legalmente para
ello», explica Soto Reyes.
Soto alega que, en la actualidad, no existe impedimento para las autoridades quienes hayan obtenido cargos públicos y obtuvieron información secreta.
«Como se advierte, no existe como impedimento para ser elegido congresista el hecho de haber tenido acceso a información secreta, reservada o confidencial (…) En consecuencia, el correcto manejo de la información «privilegiada» por parte de determinados funcionarios públicos, aunado al deber del Estado de combatir los espacios donde pueda generarse eventuales conflictos de intereses, fundamentan la necesidad de la creación de mecanismos legales de naturaleza ex ante orientados a resguardar los principios democráticos, sobre todo en los espacios, como el Congreso de la República, donde se delibera y se toma decisiones sobre aspectos
trascendentales para el país», explica.