El Tribunal Constitucional (TC) programó una audiencia decisiva para este jueves 24 en la ciudad de Arequipa, donde evaluará la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial. La intención de esta acción es detener las investigaciones en curso contra la presidenta Dina Boluarte, un hecho que ha generado un intenso debate constitucional y político en el país.
A pocos días de realizarse dicha sesión del TC, un nuevo giro sorprende al escenario legal: el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, remitió un escrito de amicus curiae al Tribunal Constitucional, en el que respalda la postura de que Boluarte no puede ser investigada mientras ejerza la presidencia. Este documento se alinea con los intereses del Ejecutivo y ha sido calificado por diversos sectores como una acción que busca blindar a la mandataria de cualquier responsabilidad judicial durante su mandato. Esto, luego de que se difundiera un artículo del medio de comunicación Huanca York Times.
El amicus curiae es una herramienta jurídica utilizada por terceros especializados que no forman parte directa del proceso, pero que ofrecen una opinión técnica para orientar la decisión del tribunal. En este caso, la argumentación gira en torno al artículo 117 de la Constitución, que limita las causales por las cuales un presidente en funciones puede ser acusado.
Dina Boluarte: ¿quién elaboró el documento dirigido al TC que podría blindar a la mandataria?
El informe enviado por Josué Gutiérrez no fue elaborado por la Adjuntía para Asuntos Constitucionales, que es la oficina tradicionalmente encargada de estos pronunciamientos dentro de la Defensoría del Pueblo. En su lugar, el documento proviene de la Adjuntía de Derechos Humanos, dirigida por Carlos Fernández Millán, lo que ha generado dudas sobre su legitimidad y pertinencia.
Además, el texto omite un pronunciamiento previo de la propia Defensoría del Pueblo emitido en 2022, durante la gestión de Walter Gutiérrez. En ese informe, identificado como N.º 03-2022-DP/AAC, se sostenía que la inmunidad presidencial no es absoluta y que sí es posible realizar investigaciones preliminares a un jefe de Estado por posibles delitos.
Este nuevo pronunciamiento genera una colisión de criterios al interior de la Defensoría del Pueblo y deja entrever una aparente instrumentalización política de las instituciones públicas. El contenido del amicus curiae contradice el precedente institucional, abriendo una brecha que podría ser determinante en el fallo del Tribunal Constitucional.
La expectativa ahora se centra en la resolución que emitirá el TC tras escuchar a las partes en Arequipa. Lo que está en juego no es solo la posibilidad de investigar a la presidenta en funciones, sino el equilibrio entre los poderes del Estado y la autonomía de las investigaciones judiciales.
TC autoriza a Dina Boluarte a participar en demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público
El Tribunal Constitucional (TC) aceptó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para participar en la audiencia de la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público. Esto, en el marco de las investigaciones fiscales abiertas en su contra en lo que va de su gestión.
Tras esta decisión del TC, Dina Boluarte participará como “tercera con interés en el resultado” en la audiencia pública programada para el jueves 24 de abril . Hasta antes de la resolución emitida por dicha institución constitucional, Boluarte Zegarra no figuraba como parte en el proceso, ya que este tipo de demandas solo permite la participación de las entidades del Estado.
Contexto legal y participación limitada de Dina Boluarte
Inicialmente, el Poder Ejecutivo estuvo representado por el procurador especializado en materia constitucional,
Luis Alberto Huerta Guerrero . Sin embargo, el TC reconoció que Dina Boluarte “ostenta la condición de parte en las disposiciones fiscales y la resolución judicial que motivaron la demanda”, motivo por el cual podrá intervenir en la audiencia.
No obstante, su participación tendrá limitaciones procesales :
Sí podrá presentar escritos con argumentos jurídicos y solicitar intervenir oralmente durante la audiencia pública.
No podrá presentar nulidades, excepciones ni pedidos de abstención de magistrados.