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Dina Boluarte podrá salir del país: PJ rechazó pedido de la Fiscalía contra expresidenta por caso ‘Dinámicos del Centro’

La Corte Suprema declaró infundado el pedido de impedimento de salida del país contra la expresidenta Dina Boluarte, en el marco del caso Dinámicos del Centro.
Dina Boluarte

La Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial rechazó de manera definitiva el pedido de impedimento de salida del país contra la expresidenta Dina Boluarte Zegarra, dejando sin efecto cualquier restricción que le impida abandonar el territorio nacional. Con esta decisión, el máximo tribunal confirmó que la exmandataria puede viajar libremente, siempre que así lo considere, al no existir una medida judicial que limite su derecho al tránsito.

El fallo ratifica el auto de primera instancia contenido en la resolución número 2, emitida el 17 de octubre de 2025, mediante la cual ya se había declarado infundado el requerimiento presentado por el Ministerio Público. La Corte Suprema, al evaluar el recurso de apelación, concluyó que la solicitud fiscal no cumplía con los presupuestos exigidos por la normativa vigente para imponer una medida tan restrictiva.

La decisión fue adoptada en el marco del pedido impulsado por el fiscal supremo Tomás Gálvez, quien solicitó el impedimento de salida del país por un periodo de 36 meses como parte de la investigación seguida contra Dina Boluarte en el denominado caso Dinámicos del Centro, relacionado con un presunto delito de lavado de activos agravado.

Según lo resuelto por la Corte Suprema, no corresponde imponer la medida solicitada debido a la ausencia de elementos objetivos que permitan sostener un riesgo real de fuga u obstaculización de la investigación. En su análisis, el tribunal enfatizó que las medidas limitativas de derechos fundamentales deben estar debidamente motivadas y sustentadas en hechos concretos, y no en meras conjeturas o presunciones generales.

La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional fue la encargada de confirmar la decisión inicial y declarar infundado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía de la Nación. En su resolución, los magistrados coincidieron en que no se acreditaron los requisitos necesarios para restringir la salida del país de la exmandataria, tales como un comportamiento procesal evasivo o indicios de que pretendiera eludir la acción de la justicia.

De esta manera, la Corte Suprema dejó constancia expresa de que Dina Boluarte no cuenta con ninguna prohibición judicial para abandonar el país. Asimismo, remarcó que la solicitud del Ministerio Público carecía de sustento suficiente, lo que impide imponer una medida coercitiva de carácter excepcional como el impedimento de salida.

En el caso específico de Dina Boluarte, la investigación por el caso Dinámicos del Centro sigue en etapa preliminar, sin que hasta el momento se haya dictado una medida restrictiva de derechos personales en su contra.

Con esta resolución, la Corte Suprema cierra definitivamente la posibilidad de imponer un impedimento de salida del país en este extremo del proceso, salvo que en el futuro surjan nuevos elementos que justifiquen una solicitud distinta por parte del Ministerio Público. Por ahora, Dina Boluarte mantiene plenamente vigente su derecho constitucional al libre tránsito, mientras las investigaciones en su contra continúan su curso en el ámbito fiscal.








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