Alerta Noticias Perú

Fernando Rospigliosi es condenado por difamación contra Delia Espinoza: deberá pagar S/ 200 mil

El Poder Judicial sentenció a Fernando Rospigliosi a prisión suspendida y una reparación civil de S/ 200 mil por difamar a Delia Espinoza con acusaciones sin pruebas.
Delia Espinoza

El Poder Judicial condenó al congresista Fernando Rospigliosi a nueve meses de prisión suspendida y al pago de 100 días multa por el delito de difamación agravada en agravio de la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza. La sentencia responde a una serie de declaraciones públicas y publicaciones en redes sociales donde el parlamentario la vinculó, sin pruebas, con el terrorismo y economías ilegales.

Durante la lectura del adelanto de fallo, la jueza Norma Carbajal fue enfática al señalar que las expresiones de Rospigliosi constituyeron un señalamiento directo que afectó gravemente el honor de Espinoza. La magistrada subrayó que las imputaciones no solo incluyeron calificativos ofensivos, sino también acusaciones de alta gravedad que fueron difundidas ampliamente en redes sociales y medios de comunicación.

“Se condena a Fernando Rospigliosi como autor del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada”, precisó la jueza, al tiempo que dispuso que el sentenciado cumpla reglas de conducta como no cambiar de domicilio sin autorización judicial y presentarse cada 60 días al registro biométrico del juzgado.

Además de la pena suspendida, el fallo establece el pago de una reparación civil de 200 mil soles a favor de Delia Espinoza. Si bien la ahora decana del Colegio de Abogados de Lima había solicitado inicialmente una indemnización de un millón de soles y una pena de dos años de prisión, el tribunal determinó una sanción menor considerando la edad del condenado.

En su resolución, la jueza explicó que la reducción de la pena responde a criterios legales aplicables en función de la edad del acusado, lo que permite una disminución prudencial de la sanción sin dejar de reconocer la gravedad de los hechos.

El caso se sustenta en múltiples intervenciones públicas de Rospigliosi que, según la sentencia, configuran un patrón reiterado de conducta difamatoria. Entre ellas destaca una publicación del 7 de julio de 2025 en la red social X, donde calificó a Espinoza como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, atribuyéndole directamente dichas conductas sin evidencia.

Asimismo, se incluyó un segundo mensaje del 11 de julio de 2025 en el que cuestionó a la magistrada encargada de investigarlo, insinuando parcialidad a favor de sectores violentos. Estas afirmaciones fueron consideradas por el tribunal como parte de una estrategia de deslegitimación pública.

Argumentos del Poder Judicial

La jueza también citó declaraciones emitidas el 18 de septiembre de 2025 en el programa “24 Horas” de Canal N, donde Rospigliosi sostuvo que Espinoza promovía políticas “a favor de la delincuencia y el terrorismo” y la calificó como “desquiciada”. Ese mismo día, en una entrevista en Willax, reiteró dichos calificativos, insistiendo en señalarla como “proterrorista”.

Otro elemento relevante del expediente fue una publicación del 20 de septiembre de 2025, en la que el congresista volvió a referirse a Espinoza en términos similares, cuestionando decisiones del Ministerio Público relacionadas con fiscalías de derechos humanos.

Para el tribunal, todas estas expresiones constituyen imputaciones graves realizadas sin sustento probatorio, lo que evidencia una conducta dolosa orientada a dañar la reputación de la exfiscal de la Nación. En ese sentido, la sentencia resalta que la libertad de expresión no ampara la difusión de acusaciones infundadas que vulneren el honor de las personas.

Este fallo reabre el debate sobre los límites del discurso político y el uso de redes sociales como plataformas de ataque personal. En un contexto de alta polarización, la justicia peruana marca así un precedente sobre la responsabilidad legal de las declaraciones públicas, especialmente cuando provienen de autoridades o figuras con alta exposición mediática.

Si bien la defensa del congresista podría recurrir a instancias superiores, la decisión judicial envía un mensaje claro sobre las consecuencias de difundir imputaciones graves sin pruebas, reafirmando la protección del honor como un derecho fundamental dentro del ordenamiento jurídico peruano.







Facebook
Twitter
Email
WhatsApp

Noticias Relacionadas

Regístrate para recibir las últimas noticias y novedades