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Fiscal de la Nación Tomás Gálvez propone eliminar colegiatura obligatoria para permanencia de fiscales

Tomás Gálvez presenta proyecto de ley para que la colegiatura solo sea requisito de ingreso a la carrera fiscal.
Tomás Gálvez

El fiscal de la Nación, Tomás Aladino Gálvez, presentó ante el Congreso de la República del Perú un proyecto de ley que propone modificar un requisito clave dentro del sistema de justicia: la obligatoriedad de la colegiatura para los fiscales en ejercicio.

La iniciativa busca cambiar el artículo 4 de la Ley N.° 30483, conocida como la Ley de la Carrera Fiscal. Actualmente, esta norma establece los requisitos generales tanto para acceder como para permanecer en la carrera fiscal. Sin embargo, la propuesta de Gálvez plantea eliminar el término “permanecer”, de modo que la colegiatura sea exigida únicamente al momento de ingresar al Ministerio Público, pero no durante el ejercicio continuo del cargo.

El eje central de la reforma se encuentra en el requisito número tres de la ley vigente: “Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional”. Según el fiscal de la Nación, esta disposición, tal como está redactada, genera una dependencia directa de los fiscales respecto a los colegios de abogados del país.

Exposición de motivos de Tomás Gálvez

En su exposición de motivos, Gálvez advierte que mantener la exigencia de habilitación profesional vigente para la permanencia en la carrera fiscal podría otorgar a los colegios profesionales una influencia indebida sobre el sistema de justicia. Esto se debe a que dichas instituciones son las únicas facultadas para otorgar o retirar la habilitación de los abogados.

“Los colegios de abogados podrían interpretar esta norma como una facultad sancionadora que no les corresponde”, sostiene el documento. En ese sentido, el fiscal alerta que una eventual inhabilitación profesional podría convertirse en un mecanismo indirecto para apartar a un fiscal de su cargo, sin que exista una decisión formal de los órganos competentes.

Tomás Gálvez

Actualmente, las únicas entidades con potestad para sancionar disciplinariamente a los fiscales son la Junta Nacional de Justicia y la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. La propuesta legislativa enfatiza que permitir la intervención de colegios profesionales en este ámbito podría generar conflictos de competencias y afectar la autonomía del sistema fiscal.

Además, el proyecto advierte sobre los riesgos que esta situación podría representar para la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento del sistema de administración de justicia. La ambigüedad en la redacción de la norma vigente —señala— deja abierta la posibilidad de interpretaciones que permitirían a entidades externas intervenir en decisiones que deberían ser exclusivas de los órganos de control institucional.

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