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Pedro Castillo continuará cumpliendo prisión preventiva: PJ rechazó otro recurso de apelación del expresidente por caso golpe de Estado

Castillo Terrones se encuentra en el penal de Barbadillo desde diciembre de 2022 tras ser acusado de cometer el presunto delito de rebelión.
Pedro Castillo

El expresidente Pedro Castillo permanecerá recluido en el penal de Barbadillo, luego de que el Juzgado Supremo de la Investigación Preparatoria rechazara un nuevo recurso legal que buscaba poner fin a su prisión preventiva, la cual rige desde su fallido intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.

Castillo cumple actualmente una medida coercitiva por 36 meses, cuyo vencimiento está previsto para diciembre de 2024. El nuevo intento legal fue presentado por su defensa con el argumento de que los fiscales que participaron en la investigación no contaban con la debida competencia, por no ser fiscales supremos titulares.

El juez supremo Juan Carlos Checkley, encargado de evaluar el pedido, desestimó categóricamente este planteamiento, señalando que según la Ley Orgánica del Ministerio Público, los fiscales pueden ser auxiliados legalmente por fiscales adjuntos supremos, especialmente cuando el fiscal supremo titular no está disponible. De acuerdo con el fallo judicial, la participación de fiscales adjuntos no representa una vulneración de derechos ni invalida las actuaciones procesales realizadas en el caso.

Argumento de la defensa fue rechazado por improcedente

La defensa de Castillo intentó sustentar el cese de la prisión preventiva alegando que las audiencias han estado dirigidas por fiscales supremos provisionales, lo que, según ellos, haría nulo el proceso. Sin embargo, el juez aclaró que esta figura está constitucional y legalmente habilitada para ejercer funciones en ausencia del titular, y su participación ha sido constante tanto en audiencias orales como en sesiones judiciales anteriores.

Asimismo, Checkley señaló que la solicitud de cese debía estar acompañada de nuevos elementos de convicción que desvirtúen las razones originales por las que se impuso la prisión preventiva, algo que no ocurrió. La defensa solo presentó documentos ya conocidos: actas, resoluciones y fotografías que evidencian la intervención de los fiscales adjuntos, sin aportar pruebas nuevas que modifiquen el sustento original del caso.

Castillo se autoproclama presidente y compara su caso con el de Fujimori

Durante la audiencia, Pedro Castillo volvió a proclamarse “presidente de la República” y lanzó críticas contra los magistrados y fiscales del proceso, cuestionando su legitimidad por ser “provisionales”. En un intento por desacreditar la validez del juicio, Castillo comparó su situación con la del expresidente Alberto Fujimori, alegando que en el caso del exdictador fueron jueces supremos titulares quienes lo juzgaron, a diferencia de lo que ocurre en su caso.

No obstante, esta afirmación es inexacta, ya que en el proceso contra Fujimori —por crímenes como las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta— también participó al menos un juez supremo provisional, según registros oficiales de la Corte Suprema.

Poder Judicial ratifica continuidad de prisión preventiva

El juez Checkley también desestimó el pedido alternativo de la defensa de imponerle a Castillo comparecencia con restricciones, argumentando que esta medida solo puede ser considerada si el pedido de cese de prisión hubiera sido aprobado, lo cual no fue el caso. Por tanto, no procedía evaluar ninguna otra forma de libertad restringida.

La resolución ratifica que Pedro Castillo seguirá bajo prisión preventiva hasta diciembre de este año, mientras continúa el proceso judicial por los delitos asociados a su intento de golpe de Estado. El exmandatario enfrenta investigaciones por rebelión, conspiración y abuso de autoridad, delitos que implican penas severas y que han justificado, según el Poder Judicial, su reclusión prolongada.

Este nuevo revés legal complica aún más el camino judicial de Pedro Castillo, cuya estrategia de defensa ha sido duramente cuestionada tanto por la fiscalía como por el propio juzgado encargado del caso.


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