El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria rechazó este jueves el pedido presentado por la defensa de la presidenta Dina Boluarte para anular las diligencias fiscales que condujeron a una denuncia constitucional en su contra ante el Congreso. La causa está relacionada con la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), lo que ha motivado una investigación por el presunto delito de encubrimiento personal.
Con esta decisión, el despacho del juez supremo Juan Carlos Checkley convalida las pruebas recabadas por la Fiscalía, que fueron remitidas al Parlamento en noviembre de 2024. La mandataria había solicitado la anulación de testimonios clave, incluidos los de los agentes de inteligencia conocidos como ‘Carlos’ y ‘René’, así como de los exintegrantes de la Policía Nacional del Perú (PNP), Harvey Colchado y Walter Lozano.
La defensa legal de la presidenta, encabezada por el abogado Juan Carlos Portugal, argumentó que las diligencias fiscales vulneraron el derecho a la motivación de las resoluciones, el derecho a la defensa y el principio de igualdad de las partes, ya que no se habría permitido la participación activa de la defensa en el proceso.
Sin embargo, el juez Checkley determinó que las pruebas obtenidas por el Ministerio Público fueron recabadas conforme a la ley y que no se vulneraron derechos fundamentales. Además, consideró que la reserva en la toma de declaraciones estaba justificada por la posición de Dina Boluarte como Jefa Suprema de las Fuerzas Armadas y de la PNP, lo que podría haber generado riesgos de represalias.
“Declarar infundada la solicitud de tutela de derechos presentada por la defensa de la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra contra el Ministerio Público, respecto al proceso seguido en la Carpeta Fiscal N° 153-2024”, señala la resolución judicial.
Claves del caso Eficcop
La investigación fiscal sostiene que en el denominado “Cuaderno secreto de las comunicaciones”, que incluye declaraciones de Colchado, Lozano, y otros testigos como Morán Soto, existen evidencias de presuntos “acuerdos ilícitos”. Según estos testimonios, el exabogado de Boluarte, Mateo Castañeda, habría intentado influir en el desarrollo de la investigación contra Nicanor Boluarte, hermano de la mandataria.
En su declaración, Harvey Colchado afirmó que Castañeda le ofreció cambiar la jurisdicción del caso para que no quedara en manos de la Eficcop. Además, habría garantizado protección a los oficiales involucrados:
“En esa reunión, el abogado Mateo Castañeda le pidió al coronel Lozano Pajuelo dos cosas: primero, que la defensa de Nicanor Boluarte solicitara que la carpeta fiscal fuera derivada a la fiscalía provincial especializada en corrupción; segundo, que me dijera a mí que no me iba a pasar nada, toda vez que el abogado Mateo Castañeda actuaba en nombre de la presidenta”, declaró Colchado.
Un proceso ahora en manos del Congreso
El juez Checkley también subrayó que la tutela de derechos fue presentada por la defensa de Boluarte en enero de 2025, cuando el caso ya había sido elevado al fuero parlamentario. Por lo tanto, el juzgado ya no tenía competencia para resolver sobre la validez de las pruebas:
“La Fiscalía remitió al Congreso la denuncia constitucional y la presente tutela de derechos fue presentada cuando este juzgado ya no tenía competencia para resolverla. En ese sentido, la tutela es desestimada”, se lee en dicho documento.
Con esta decisión, el proceso continúa en el Congreso de la República, que deberá evaluar si existe mérito suficiente para iniciar un proceso político contra Dina Boluarte. Mientras tanto, el Ministerio Público seguirá adelante con sus investigaciones, fortaleciendo un caso que podría tener importantes implicancias legales y políticas para la actual administración.