El proceso judicial contra el expresidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, entra en una nueva etapa. El Poder Judicial admitió el recurso de apelación presentado por su defensa legal contra la sentencia que lo condenó a 14 años de pena privativa de la libertad efectiva por el delito de cohecho pasivo propio, en el marco de los emblemáticos casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
La decisión fue adoptada por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, que resolvió conceder el recurso y elevar el expediente a la Sala Penal de Apelaciones Nacional, instancia que tendrá la tarea de revisar de manera integral tanto la condena penal como las penas accesorias impuestas al exmandatario, quien actualmente se encuentra recluido en el penal de Barbadillo.
Según la resolución judicial, el tribunal consideró procedente el pedido de la defensa técnica de Vizcarra para que la sentencia sea revisada en segunda instancia. “Conceder el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesado Martín Alberto Vizcarra Cornejo, contra la sentencia contenida en la resolución N.° 34 de fecha 26 de noviembre de 2025”, señala el documento, en el que se precisa que la apelación alcanza tanto a la condena principal como a la reparación civil, la inhabilitación y el pago de días multa.

En su recurso, el expresidente solicita que la sentencia sea declarada nula o, en su defecto, que sea revocada y reformada, disponiéndose su absolución y excarcelación inmediata. Para la defensa, la condena se sustenta en una valoración errónea de los medios probatorios y en una interpretación indebida del tipo penal de cohecho pasivo propio.
“Que se declare la nulidad de la citada resolución; o, como pretensión subordinada, se revoque y, reformándola, se absuelva al ciudadano Martín Alberto Vizcarra Cornejo de la acusación fiscal promovida en su contra”, sostiene el escrito presentado ante el Poder Judicial. En ambos escenarios, se solicita que se ordene su inmediata libertad.
Uno de los principales argumentos de la defensa apunta a que el tribunal no habría explicado de manera suficiente ni objetiva la existencia de un acuerdo ilegal entre Vizcarra y las empresas vinculadas a los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Según esta postura, no se ha demostrado de forma clara la existencia de un pacto corrupto previo ni la recepción de un beneficio indebido a cambio de decisiones administrativas.

Asimismo, los abogados del exmandatario sostienen que las decisiones adoptadas durante su gestión como gobernador regional de Moquegua se enmarcaron dentro de sus funciones legales y administrativas, por lo que no pueden ser interpretadas automáticamente como actos de corrupción. En ese sentido, señalan que la sentencia confunde decisiones políticas o técnicas con conductas penalmente reprochables.
Otro punto clave del recurso de apelación es la cuestionada valoración de las declaraciones de los colaboradores eficaces. La defensa pone en duda la credibilidad de estos testimonios y sostiene que sus versiones no fueron debidamente corroboradas con pruebas independientes, tal como exige la jurisprudencia en casos de criminalidad organizada y corrupción de funcionarios.
De igual forma, se argumenta que la sentencia carece de una motivación suficiente, ya que el tribunal no habría explicado con claridad cómo los hechos acreditados encajan en el delito de cohecho pasivo propio. Para la defensa, no se ha demostrado de manera objetiva ni directa que Vizcarra haya recibido dinero u otro beneficio indebido a cambio de favorecer a determinadas empresas en los proyectos investigados.
Martín Vizcarra inhabilitado para ejercer cargos públicos
Cabe precisar que la apelación no solo cuestiona la pena privativa de la libertad de 14 años, sino también las sanciones accesorias impuestas al exjefe de Estado. Entre ellas figuran la inhabilitación por nueve años para ejercer cargos públicos, el pago de 730 días multa y la reparación civil fijada en 2 millones 336 mil soles, monto que deberá ser asumido de manera solidaria junto con las empresas Incot Contratistas Generales S.A.C., Obras e Ingeniería S.A. (Obrainsa) y Astaldi S.P.A.


