¿Marcará el camino a seguir?
Dentro de los fundamentos anunciados recientemente en el adelanto de sentencia contra Ollanta Humala, Nadine Heredia; y, otros procesados, en el juicio que se les siguió por largos años, por el delito de Lavado de Activos; no sólo se desbarató la tesis; que alegaba su defensa técnica, de que la recepción de dinero proveniente de empresas ligadas a la corrupción; y, de otros personajes, como supuestos aportes de campaña, no constituía Lavado de Activos; sino, en todo caso, una falta administrativa que podría ser sancionada con la multa respectiva, de acuerdo a la Ley de Partidos Políticos; sino, que se estableció el carácter doloso de ese proceder al haber utilizado a un Partido Político; para entre otros métodos, disfrazar, bajo diversas modalidades, introducir ese dinero sucio, en la economía nacional.
Si bien ese adelanto de sentencia, deberá ser, en primer lugar, formalizado en la próxima lectura; y, eventualmente, confirmado por el Tribunal que conozca de la apelación; que, muy probablemente tenga que interponer las defensas técnicas de los sentenciados; y/o hasta el Ministerio Publico, sobre las penas impuestas; y, los actores civiles, sobre las reparaciones civiles señaladas, lo que queda claro es que, marcará un antes; y, un después para los juzgamientos que sobre casos similares ya se viene realizando; y, en los que, se tendría que decidir de igual manera de la que se ha decisión adoptada en el caso de Ollanta Humala y Nadine Heredia.
En efecto, uno de los casos más sonados es el denominado Caso Cocteles que, al involucrar a la dirigencia de Fuerza Popular; y, sobre todo a su jefa; y, muy probable candidata presidencial para el proceso eleccionario del próximo año; en el que, ante la gran similitud de hechos, evidencias; y, carga probatoria con el caso de los Humala-Heredia; podría declararse la responsabilidad penal de los, en ese caso involucrados; y, sobre todo de la candidata natural de esa organización criminal, aunque aquella, lo venga negando, como lo hizo en sus anteriores postulaciones; resulta necesario que el Poder Judicial, como Organismo constitucionalmente encargado de la Administración de Justicia en nuestro país; y, más propiamente la justicia penal a la que le corresponda: en primer lugar, el Control de la Acusación que debe efectuar el Ministerio Público, ante la nulidad declarada por la Sala Penal, de la que emitió el ahora suspendido Fiscal José Domingo Pérez; y, del muy probable juzgamiento de Fujimori Higuchi y sus otros co procesados, actúen con certidumbre y celeridad jurídica, a fin de emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la investigación.
Como ciudadanos somos conscientes del poder político y económico que podrían utilizar los investigados en ese proceso para, buscando argumentos de forma, se les facilite la salida de ese proceso, sin pronunciamiento sobre el fondo de las conductas imputadas; por lo que, debemos exigir a quienes les corresponderá conocer de los siguientes actos procesales de aquel caso, actuar con la mayor celeridad que el caso amerita; y, el fin supremo de búsqueda de la verdad; que, permita determinar; o, la absoluta inocencia de los investigados: o, su culpabilidad con la aplicación de las penas privativas de libertad e inhabilitaciones que corresponderían; sobre todo, teniendo en cuenta que, la principal investigada podría ser quien dirija los destinos de nuestra patria.
Dura prueba que le corresponderá al Poder Judicial, como institución; y, a quienes han recibido de la Nación (que conformamos más de 34 millones de peruanos) la Noble y Delicada Función de Administrar Justicia en su Nombre; y, a todos nosotros; y, prensa libre mantenernos atentos a los próximos días, semanas y meses.
Escribe: Marco Silva