Alerta Noticias Perú

TC autoriza a Dina Boluarte a participar en demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público

Dina Boluarte podrá intervenir como "tercera interesada" en la audiencia del 24 de abril.
Dina Boluarte

El Tribunal Constitucional (TC) aceptó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para participar en la audiencia de la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público. Esto, en el marco de las investigaciones fiscales abiertas en su contra en lo que va de su gestión.

Tras esta decisión del TC, Dina Boluarte participará como “tercera con interés en el resultado” en la audiencia pública programada para el jueves 24 de abril . Hasta antes de la resolución emitida por dicha institución constitucional, Boluarte Zegarra no figuraba como parte en el proceso, ya que este tipo de demandas solo permite la participación de las entidades del Estado.

Contexto legal y participación limitada de Dina Boluarte

Inicialmente, el Poder Ejecutivo estuvo representado por el procurador especializado en materia constitucional,
Luis Alberto Huerta Guerrero . Sin embargo, el TC reconoció que Dina Boluarte “ostenta la condición de parte en las disposiciones fiscales y la resolución judicial que motivaron la demanda”, motivo por el cual podrá intervenir en la audiencia.

No obstante, su participación tendrá limitaciones procesales :

  • No podrá presentar nulidades, excepciones ni pedidos de abstención de magistrados.
  • Sí podrá presentar escritos con argumentos jurídicos y solicitar intervenir oralmente durante la audiencia pública.

Dina Boluarte: ¿Qué busca el Gobierno de la presidenta con la demanda competencia presentada contra el PJ y la Fiscalía?

El objetivo del recurso presentado ante el Tribunal Constitucional es frenar las investigaciones fiscales contra la presidenta Dina Boluarte mientras ejerce sus funciones. El documento alega que estas acciones vulneran el artículo 117 de la Constitución Política del Perú , que limita las causales por las que un presidente puede ser acusado en funciones.

El artículo 117 indica que el presidente solo puede ser acusado por:

  • Traición a la patria
  • Impedir elecciones
  • Disolver el Congreso de forma indebida
  • Obstaculizar el funcionamiento de organismos electorales

El Ejecutivo busca una interpretación restrictiva de este artículo, con el fin de proteger el ejercicio presidencial frente a investigaciones que, argumentan, podrían obstaculizar la gobernabilidad .

Impacto jurídico y político del caso Dina Boluarte

La demanda no solo tiene repercusiones en el caso específico de Dina Boluarte, sino que podría sentar un precedente constitucional sobre los límites de acción del Ministerio Público y el Poder Judicial frente a un presidente en funciones.

Si el TC admite los argumentos del Ejecutivo, se establecería una interpretación que blindaría a futuros jefes de Estado frente a investigaciones penales durante su mandato.

Facebook
Twitter
Email
WhatsApp

Noticias Relacionadas

Regístrate para recibir las últimas noticias y novedades