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Delia Espinoza pide al JNE evaluar exclusión de Fernando Rospigliosi tras condena por difamación

La decana del Colegio de Abogados de Lima solicitó al JNE revisar la candidatura de Fernando Rospigliosi luego de su condena a 9 meses de prisión suspendida por difamación agravada.
Delia Espinoza

La decana del Colegio de Abogados de Lima, Delia Espinoza, presentó un pedido formal ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que se evalúe la exclusión de la candidatura del congresista fujimorista Fernando Rospigliosi, luego de que fuera condenado a nueve meses de prisión suspendida por el delito de difamación agravada.

La solicitud fue dirigida al presidente del JNE, Roberto Burneo, en medio de un proceso electoral que aún no concluye oficialmente y cuando todavía no se determina qué candidatos superarán la valla electoral para integrar la futura Cámara de Diputados y el Senado.

El pedido abre nuevamente el debate sobre los requisitos de idoneidad de los candidatos y la posibilidad de aplicar medidas correctivas incluso en una etapa avanzada del proceso electoral.

La base del pedido: una condena vigente

En el documento remitido al máximo órgano electoral, Espinoza sostiene que la actual condición jurídica de Fernando Rospigliosi como condenado obliga al JNE a revisar si mantiene las condiciones necesarias para continuar en carrera electoral.

“Siendo la actual situación jurídica de condenado del señor Fernando Rospigliosi Capurro, y estando a que no se ha culminado con el cómputo de votos, y por ende no se ha determinado aún quienes han superado la valla para acceder a la Cámara de Diputados y Senadores, es necesario que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones evalúe la condición actual de dicho candidato”, señala el escrito.

“Siendo la actual situación jurídica de condenado del señor Fernando Rospigliosi Capurro, y estando a que no se ha culminado con el cómputo de votos, y por ende no se ha determinado aún quienes han superado la valla para acceder a la Cámara de Diputados y Senadores, es necesario que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones evalúe la condición actual de dicho candidato”, señala el escrito.

¿Por qué fue condenado Fernando Rospigliosi?

La magistrada Norma Carbajal declaró culpable a Fernando Rospigliosi por difamación agravada tras determinar que realizó afirmaciones sin pruebas contra Delia Espinoza, entonces exfiscal de la Nación.

Entre las expresiones consideradas agraviantes figura haberla calificado públicamente como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, además de otros términos despectivos como llamarla “desquiciada”.

Entre las expresiones consideradas agraviantes figura haberla calificado públicamente como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, además de otros términos despectivos como llamarla “desquiciada”.

Como consecuencia, además de la pena suspendida, se ordenó el pago de una reparación civil de 200 mil soles a favor de Espinoza.

Pedido de Delia Espinoza ante el Jurado Nacional de Elecciones. Fuente: Diego Casimiro- Infobae.

Espinoza recuerda declaraciones de Roberto Burneo

En su presentación, la decana del Colegio de Abogados de Lima también recordó recientes declaraciones del presidente del JNE, Roberto Burneo, quien afirmó públicamente que el proceso electoral seguía en curso y que el organismo estaba dispuesto a tomar decisiones firmes si fuera necesario.

Espinoza citó sus palabras para reforzar su pedido: “evaluarán todas las incidencias, y que incluso si se tienen que tomar decisiones, así sean las más drásticas, las implementará”.

Según argumenta, el JNE debe garantizar que ningún candidato que ya no cumpla los requisitos legales sea proclamado de manera irregular.

“Parte del adecuado desarrollo del proceso electoral es asegurarse que ningún candidato que ya no reúna los requisitos, o haya incurrido en algún impedimento, sea proclamado de forma ilegal”, sostiene el documento.

Un primer pedido ya fue rechazado

No es la primera vez que se solicita la exclusión de Fernando Rospigliosi por este caso. Semanas atrás, una solicitud similar fue presentada ante el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2, pero fue declarada improcedente.

La razón principal fue que en ese momento todavía no existía una sentencia formalmente notificada, sino únicamente el adelanto del fallo anunciado por la jueza Norma Carbajal.

El JEE argumentó que no podía actuar sobre la base de una decisión aún no formalizada jurídicamente.

“Advirtiéndose que en el presente caso se ha denunciado la existencia de un adelanto del fallo y no de una sentencia condenatoria”, indicó la resolución.

La sentencia completa fue recién leída y notificada oficialmente a las partes el 15 de abril de 2026.




















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