La presidenta de la República, Dina Boluarte, podría tener un panorama adverso en caso los miembros de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República deciden votar a favor del informe final el cual concluye que la jefa de Estado abandonó su cargo temporalmente luego de que fue sometida a procedimientos estéticos en junio de 2023.
En ese sentido, según el documento al que accedió el medio de comunicación La República, Dina Boluarte permaneció internada en la Clínica de Mario Cabani por un periodo de dos días y una mañana. Además, del descanso médico de siete días el cual tuvo que tomar producto de dicho procedimiento. Por lo tanto, la jefa de Estado presuntamente abandonó su cargo durante ese tiempo para reponerse físiciamente
El informe final de dicho grupo de trabajo sostiene que Dina Boluarte habría vulnerado los artículos 114,115 y 118 de la Constitución Política del Perú, debido a que su persona decidió no activar el mecanismo de sucesión presidencial.
“Conforme a la información contenida analizada en el presente informe final se ha llegado a determinar que la presidente de la República ha permanecido internada en una clínica por un periodo de dos días y una mañana, sumando a ello los días de descanso médico (7 a 12 días) que habría requerido la recuperación de este tipo de cirugías, hechos que evidenciarían un abandono de cargo sin justificación constitucional, al no haberse activado el mecanismo de sucesión presidencial establecido en el artículo 115 de nuestra carta magna, lo cual configuraría una posible infracción de los artículos 114,115 y 118 de la Constitución Política del Perú”, se lee en las conclusiones de dicho informe.

Comisión de Fiscalización propone suspender a Dina Boluarte
En esa línea, el documento señala que al haberse encontrado indicios de una presunta infracción constitucional, correspondería que el Congreso de la República evalúe la procedencia de una suspensión temporal contra Dina Boluarte hasta que se pueda esclararse su situación respecto al caso de las cirugías. Así como también esta medida permitiría determinar a los responsables en el marco del debido proceso y separación de poderes.
“Al encontrarnos ante indicios de una presunta infracción constitucional, correspondería evaluar la procedencia de una suspensión temporal de la mandataria, por incapacidad declarada por el Congreso de la República, hasta que se esclarezca su situación y se determinen las responsabilidades correspondientes en el marco del debido proceso y la separación de poderes”, se indica.
Dina Boluarte no informó sobre su presunta incapacidad temporal de ejercer su cargo al Congreso
La Comisión de Fiscalización sostuvo que se ha determinado de manera objetiva que Dina Boluarte decidió no informar al Parlamento Nacional respecto a su incapacidad temporal de poder realizar sus funciones como presidenta de la República luego de que decidiera realizarse procedimientos estéticos.
Resaltaron que la carta magna es clara en cuanto se registren este tipo de acontecimientos, por lo que podría taer consecuencienas a la gestión de Boluarte Zegarra.
“Se ha determinado de manera objetiva y verás que la Presidente de la República no informó al Congreso sobre la posible incapacidad temporal para el ejercicio de sus funciones presidenciales, derivada de las intervenciones quirúrgicas realizadas. Esta omisión es relevante en la medida en que la Constitución establece procedimientos claros para la sucesión temporal del mando en caso de impedimentos que afecten el ejercicio de la función presidencial”, se argumenta.
