La presidenta del Poder Judicial Janet Tello Gilardi ha presentado al Congreso de la República un proyecto de ley que propone derogar dos disposiciones introducidas por la Ley 32182. Se trata del numeral 18 del artículo 48 de la Ley de la Carrera Judicial, que solo aplica a jueces, y del segundo párrafo del artículo 418 del Código Penal, que alcanza tanto a jueces como a fiscales.
Según la norma vigente, los jueces o fiscales que dispongan esa libertad, incumpliendo dolosamente sus deberes funcionales, enfrentan penas de entre ocho y doce años de prisión. El PJ considera que esta fórmula penal criminaliza indebidamente la labor jurisdiccional y fiscal, afectando directamente la independencia con la que deben resolver cada caso.
En la exposición de motivos se señala que este tipo de sanciones penales imponen un mandato rígido que sustituye el análisis jurídico por una amenaza punitiva. Además, advierte que duplica sanciones, ya que la misma conducta puede ser objeto de reproche disciplinario y penal.
Además, subraya que la evaluación sobre si procede o no la libertad de una persona detenida debe atender al caso concreto, incluyendo elementos como la legalidad de la detención, la existencia de peligro procesal y el respeto a los derechos fundamentales. Sancionar de forma automática al juez o fiscal por esa decisión, incluso si está razonablemente motivada, anula su capacidad de interpretar el derecho.
Con esta propuesta, el PJ no elimina el control sobre decisiones arbitrarias. Lo que busca es que ese control no se convierta en una herramienta de presión política o mediática.
El proyecto también plantea derogar el numeral 18 del artículo 48 de la Ley de la Carrera Judicial, que establecía como falta muy grave este mismo tipo de decisión, pero exclusivamente para jueces. En ambos casos, el objetivo es el mismo: proteger la independencia judicial y evitar sanciones automáticas por decisiones que deben responder al análisis legal de cada situación.