La medida se adoptó luego de comprobarse su responsabilidad en faltas muy graves tipificadas en los incisos 1 y 10 del artículo 47 de la Ley de la Carrera Fiscal (Ley n.º 30483), relacionadas con el indebido cese del fiscal Luis Felipe Zapata Gonzáles.
El artículo séptimo, aprobado por mayoría, detalla que la remoción de Zapata Gonzáles careció de la debida motivación e incurrió en coacción laboral, violando principios fundamentales de la función pública, como la ética, la probidad y el respeto al debido proceso.
El procedimiento disciplinario ordinario, iniciado el 24 de enero de 2024, por el anterior Pleno de la Junta Nacional de Justicia, incluyó la recopilación de pruebas documentales, testimonios y análisis jurídicos que confirmaron la responsabilidad de la exfiscal de la Nación.
Sin embargo, el documento emitido el 22 de enero absolvió por unanimidad a Liz Patricia Benavides Vargas por su actuación como Fiscal de la Nación en el extremo referente a la remoción de la fiscal Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, la tramitación del caso Sánchez Paredes y el cese indebido de Víctor Manual Cubas Villanueva del cargo de secretario técnico de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, al no acreditarse su responsabilidad disciplinaria.