Alerta Noticias Perú

Rechazan pedido de López Aliaga para anular mesas instaladas después del mediodía

El JEE Lima Centro 1 declaró improcedente la solicitud de Renovación Popular para anular mesas tardías.
Rafael López Aliaga

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE Lima Centro 1) declaró improcedente el pedido presentado por el partido Renovación Popular para anular las mesas de sufragio que, según su denuncia, habrían sido instaladas después del mediodía durante las elecciones generales del pasado 12 de abril.

En su resolución, el organismo electoral determinó que la solicitud carecía de sustento técnico y legal, debido a que no se identificaron de manera específica las mesas que supuestamente presentaban irregularidades. Según el documento, la agrupación liderada por Rafael López Aliaga formuló un cuestionamiento “genérico y global”, sin detallar los casos concretos ni adjuntar pruebas verificables.

“El escrito deviene en improcedente”, señala el fallo, al precisar que no se cumplieron los requisitos establecidos en la normativa electoral para tramitar una nulidad de este tipo. Entre las observaciones, se destaca que no existe constancia de que el reclamo haya sido registrado en las actas electorales correspondientes, un elemento clave para sustentar este tipo de impugnaciones.

Uno de los puntos más relevantes de la decisión del JEE es que los partidos políticos son responsables de presentar las pruebas que respalden sus denuncias. En ese sentido, el tribunal rechazó el pedido de Renovación Popular de que se solicite a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la identificación de las mesas instaladas fuera del horario regular.

El órgano electoral fue enfático al señalar que no corresponde que las autoridades actúen de oficio para recabar pruebas en favor de una de las partes. Este criterio reafirma el principio de carga probatoria, según el cual quien formula una acusación debe sustentarla con evidencia concreta.

Además, el JEE Lima Centro 1 recordó que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) adoptó una medida excepcional durante la jornada electoral, debido a problemas logísticos que afectaron la instalación de algunas mesas en Lima.

En ese contexto, el pleno del JNE dispuso ampliar el plazo máximo para la instalación de mesas de sufragio hasta las 2:00 de la tarde, con el objetivo de garantizar el derecho al voto de miles de ciudadanos. Asimismo, instruyó a los Jurados Electorales Especiales a no aplicar la causal de nulidad prevista en el artículo 363 de la Ley Orgánica de Elecciones en estos casos.

El JEE Lima Centro 1 consideró que la solicitud de Renovación Popular no solo incumplía los requisitos formales, sino que también desconocía esta disposición excepcional adoptada para salvaguardar el proceso electoral en una situación extraordinaria.

“El escrito presentado no cumple con los requisitos subjetivos y objetivos de procedencia (…) y desconoce la medida excepcional adoptada por el Pleno del JNE”, señala la resolución, en la que se concluye que no corresponde emitir un pronunciamiento sobre el fondo del pedido.

Cabe precisar que la solicitud del partido no se limitaba únicamente a la anulación de mesas instaladas fuera del horario habitual, sino que también pretendía invalidar las votaciones para presidente, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino.

Sin embargo, el JEE aclaró que su competencia se restringe a los pedidos vinculados a la elección presidencial, por lo que no puede pronunciarse sobre otros niveles de representación política.

Esta decisión se produce en medio de un clima de tensión electoral, donde diversas agrupaciones han cuestionado aspectos del proceso. No obstante, las autoridades electorales han reiterado la importancia de canalizar cualquier reclamo conforme a los procedimientos establecidos y con el debido sustento probatorio.









Facebook
Twitter
Email
WhatsApp

Noticias Relacionadas

Regístrate para recibir las últimas noticias y novedades