La Ley N° 32257 publicada el día de hoy 14.03.25 en el diario El Peruano tiene como título “Ley que declara de Interés Nacional el Uso de Grilletes Electrónicos” en atención al cumplimiento de la sentencia del Expediente N° 05436-2014-PHC/TC de fecha 19 de junio de 2020.
En la referida sentencia del Tribunal Constitucional se aprecia que la finalidad de la misma es reducir el hacinamiento carcelario en las cárceles del Perú, dado que esto es inconstitucional, para ello exhortaron al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Instituto Nacional Penitenciario elaborar políticas para reducir el hacinamiento, y que, si no se cumplían hasta el 2025 estos serían cerrados por autoridad administrativa.
Por ello, en la nueva Ley, se aprecia, se aprecia un llamamiento interinstitucional a fin de reducir el hacinamiento carcelario. En primer lugar, en la Primera Disposición Complementaria Final indica una coordinación entre distintos ministerios e instituciones del estado peruano tales como el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía y Finanzas, Poder Judicial, Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú. Por otro lado, en un plazo no mayor a 180 días, el MINJUS y el INPE deberán presentar el Código de Conducta del Servidor Penitenciario.